Gastos de compra e impuestos - ¿Comprar una propiedad en España?

MODIFICACIÓN NOVIEMBRE 2021

INFORME JURÍDICO SOBRE LA NUEVA LEY DE IMPUESTOS CEDIDOS DE ANDALUCÍA.

El Parlamento andaluz ha aprobado recientemente una nueva Ley sobre los Impuestos Cedidos de Andalucía que supone reducciones en los tipos impositivos y nuevas deducciones en diferentes impuestos como el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre la Renta, el Impuesto sobre Sucesiones y el Impuesto sobre el Patrimonio.

La nueva Ley entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Andalucía, prevista para noviembre de 2021, sin embargo, algunas de las nuevas medidas, especialmente las relativas a las deducciones del Impuesto sobre la Renta, entrarán en vigor el 1 de enero de 2022.

A continuación se muestra un informe legal suministrado a Spanish Property Choice & The Garners de Channel 4, Sun, Sea y Selling Houses por una 3ª parte legal que se ocupa de estos asuntos a diario, sobre las principales nuevas medidas que puede encontrar a continuación.

1.- Ley aplicable.

Ley de Impuestos Cedidos de Andalucía. aprobado por el Parlamento Andalusí el 13 de octubre de 2021.

2.- Principales cambios y reducciones de impuestos en la nueva regulación.


a) Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Actos Jurídicos Documentados:

En el caso del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, la tributación será por un tipo único del 7% en los mismos casos en que anteriormente era del 8%, 9% o 10%. El impuesto sobre los alquileres tributará al 0,3%.

En la opción del impuesto de timbre, la tasa impositiva será del 1,2%.

Hubo un Decreto que fue aprobado por la Junta de Andalucía en abril de 2021 debido a la situación de pandemia según el cual redujeron temporalmente el tipo impositivo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al 7% y el tipo impositivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados al 1,2%, pero esta fue una medida temporal, que se esperaba que estuviera vigente hasta el 31 de diciembre de 2021. Sin embargo, debido a esta nueva Ley que ha sido aprobada, dicha reducción de los tipos impositivos respectivamente al 7% y al 1,2% no será temporal y estará en vigor desde el 1 de enero de 2022.

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para la compra de viviendas habituales con un valor inferior a 150.000,00 € se rebajará al 6% de impuestos.

El límite de precio para aplicar el beneficio en la reducción del tipo impositivo cuando el adquirente de viviendas habituales sea una familia numerosa o una persona discapacitada se incrementará de 180.000,00 € a 250.000,00 €.

b) Impuesto de Sucesiones.

El impuesto de sucesiones también se está modificando en algunos aspectos. Por lo tanto, no se tendrá en cuenta el patrimonio preexistente de los herederos y los coeficientes generalmente no superarán el 45%.

Las parejas o uniones de hecho son plenamente iguales a los cónyuges, siempre que estén debidamente inscritos en los Registros Oficiales.

Las herencias a favor de hermanos, tías, tíos y sobrinos, que hasta ahora podían pagar un tipo impositivo del 70%, se reducen al límite máximo del 45%.

Cuando la herencia recibida es una vivienda habitual, la escala impositiva se cambia del 95% al 100% dependiendo del valor del inmueble a un tipo único del 99% en todos los casos.

También se harán más accesibles las reducciones en la donación económica a los descendientes para la compra de su vivienda habitual. Ya no será requisito ser la primera residencia habitual del comprador para poder aplicar el beneficio. El límite al que se aplica pasa de 120.000,00 € a 150.000,00 € a nivel general y de 180.000,00 € a 250.000,00 € cuando la donación se realiza a una persona con discapacidad.

c) Impuesto sobre el Patrimonio.

La Junta de Andalucía seguirá la misma escala impositiva que el Estado, excepto en la última parte, donde mantendrá el tipo del 2,5% y no se aplicará el aumento al 3,5% realizado a nivel nacional.

Las personas con discapacidad podrán beneficiarse del resto de modificaciones introducidas en este impuesto. El importe de la exención aumenta, para las personas con discapacidad de entre el 33% y el 65%, de 700.000,00 € a 1.250.000,00 € anuales. Dicho límite de exención se eleva a 1.500.000,00 € en el caso de personas con un grado de discapacidad aún mayor.

d) Impuesto sobre la renta.

MODIFICACIÓN NOVIEMBRE 2021

INFORME JURÍDICO SOBRE LA NUEVA LEY DE IMPUESTOS CEDIDOS DE ANDALUCÍA.

El Parlamento andaluz ha aprobado recientemente una nueva Ley sobre los Impuestos Cedidos de Andalucía que supone reducciones en los tipos impositivos y nuevas deducciones en diferentes impuestos como el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre la Renta, el Impuesto sobre Sucesiones y el Impuesto sobre el Patrimonio.

La nueva Ley entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Andalucía, prevista para noviembre de 2021, sin embargo, algunas de las nuevas medidas, especialmente las relativas a las deducciones del Impuesto sobre la Renta, entrarán en vigor el 1 de enero de 2022.

A continuación se muestra un informe legal suministrado a Spanish Property Choice & The Garners de Channel 4, Sun, Sea y Selling Houses por una 3ª parte legal que se ocupa de estos asuntos a diario, sobre las principales nuevas medidas que puede encontrar a continuación.

1.- Ley aplicable.

Ley de Impuestos Cedidos de Andalucía. aprobado por el Parlamento Andalusí el 13 de octubre de 2021.

2.- Principales cambios y reducciones de impuestos en la nueva regulación.


a) Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Actos Jurídicos Documentados:

En el caso del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, la tributación será por un tipo único del 7% en los mismos casos en que anteriormente era del 8%, 9% o 10%. El impuesto sobre los alquileres tributará al 0,3%.

En la opción del impuesto de timbre, la tasa impositiva será del 1,2%.

Hubo un Decreto que fue aprobado por la Junta de Andalucía en abril de 2021 debido a la situación de pandemia según el cual redujeron temporalmente el tipo impositivo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al 7% y el tipo impositivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados al 1,2%, pero esta fue una medida temporal, que se esperaba que estuviera vigente hasta el 31 de diciembre de 2021. Sin embargo, debido a esta nueva Ley que ha sido aprobada, dicha reducción de los tipos impositivos respectivamente al 7% y al 1,2% no será temporal y estará en vigor desde el 1 de enero de 2022.

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para la compra de viviendas habituales con un valor inferior a 150.000,00 € se rebajará al 6% de impuestos.

El límite de precio para aplicar el beneficio en la reducción del tipo impositivo cuando el adquirente de viviendas habituales sea una familia numerosa o una persona discapacitada se incrementará de 180.000,00 € a 250.000,00 €.

b) Impuesto de Sucesiones.

El impuesto de sucesiones también se está modificando en algunos aspectos. Por lo tanto, no se tendrá en cuenta el patrimonio preexistente de los herederos y los coeficientes generalmente no superarán el 45%.

Las parejas o uniones de hecho son plenamente iguales a los cónyuges, siempre que estén debidamente inscritos en los Registros Oficiales.

Las herencias a favor de hermanos, tías, tíos y sobrinos, que hasta ahora podían pagar un tipo impositivo del 70%, se reducen al límite máximo del 45%.

Cuando la herencia recibida es una vivienda habitual, la escala impositiva se cambia del 95% al 100% dependiendo del valor del inmueble a un tipo único del 99% en todos los casos.

También se harán más accesibles las reducciones en la donación económica a los descendientes para la compra de su vivienda habitual. Ya no será requisito ser la primera residencia habitual del comprador para poder aplicar el beneficio. El límite al que se aplica pasa de 120.000,00 € a 150.000,00 € a nivel general y de 180.000,00 € a 250.000,00 € cuando la donación se realiza a una persona con discapacidad.

c) Impuesto sobre el Patrimonio.

La Junta de Andalucía seguirá la misma escala impositiva que el Estado, excepto en la última parte, donde mantendrá el tipo del 2,5% y no se aplicará el aumento al 3,5% realizado a nivel nacional.

Las personas con discapacidad podrán beneficiarse del resto de modificaciones introducidas en este impuesto. El importe de la exención aumenta, para las personas con discapacidad de entre el 33% y el 65%, de 700.000,00 € a 1.250.000,00 € anuales. Dicho límite de exención se eleva a 1.500.000,00 € en el caso de personas con un grado de discapacidad aún mayor.

d) Impuesto sobre la renta.

MODIFICACIÓN NOVIEMBRE 2021

INFORME JURÍDICO SOBRE LA NUEVA LEY DE IMPUESTOS CEDIDOS DE ANDALUCÍA.

El Parlamento andaluz ha aprobado recientemente una nueva Ley sobre los Impuestos Cedidos de Andalucía que supone reducciones en los tipos impositivos y nuevas deducciones en diferentes impuestos como el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre la Renta, el Impuesto sobre Sucesiones y el Impuesto sobre el Patrimonio.

La nueva Ley entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Andalucía, prevista para noviembre de 2021, sin embargo, algunas de las nuevas medidas, especialmente las relativas a las deducciones del Impuesto sobre la Renta, entrarán en vigor el 1 de enero de 2022.

A continuación se muestra un informe legal suministrado a Spanish Property Choice & The Garners de Channel 4, Sun, Sea y Selling Houses por una 3ª parte legal que se ocupa de estos asuntos a diario, sobre las principales nuevas medidas que puede encontrar a continuación.

1.- Ley aplicable.

Ley de Impuestos Cedidos de Andalucía. aprobado por el Parlamento Andalusí el 13 de octubre de 2021.

2.- Principales cambios y reducciones de impuestos en la nueva regulación.


a) Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Actos Jurídicos Documentados:

En el caso del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, la tributación será por un tipo único del 7% en los mismos casos en que anteriormente era del 8%, 9% o 10%. El impuesto sobre los alquileres tributará al 0,3%.

En la opción del impuesto de timbre, la tasa impositiva será del 1,2%.

Hubo un Decreto que fue aprobado por la Junta de Andalucía en abril de 2021 debido a la situación de pandemia según el cual redujeron temporalmente el tipo impositivo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales al 7% y el tipo impositivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados al 1,2%, pero esta fue una medida temporal, que se esperaba que estuviera vigente hasta el 31 de diciembre de 2021. Sin embargo, debido a esta nueva Ley que ha sido aprobada, dicha reducción de los tipos impositivos respectivamente al 7% y al 1,2% no será temporal y estará en vigor desde el 1 de enero de 2022.

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para la compra de viviendas habituales con un valor inferior a 150.000,00 € se rebajará al 6% de impuestos.

El límite de precio para aplicar el beneficio en la reducción del tipo impositivo cuando el adquirente de viviendas habituales sea una familia numerosa o una persona discapacitada se incrementará de 180.000,00 € a 250.000,00 €.

b) Impuesto de Sucesiones.

El impuesto de sucesiones también se está modificando en algunos aspectos. Por lo tanto, no se tendrá en cuenta el patrimonio preexistente de los herederos y los coeficientes generalmente no superarán el 45%.

Las parejas o uniones de hecho son plenamente iguales a los cónyuges, siempre que estén debidamente inscritos en los Registros Oficiales.

Las herencias a favor de hermanos, tías, tíos y sobrinos, que hasta ahora podían pagar un tipo impositivo del 70%, se reducen al límite máximo del 45%.

Cuando la herencia recibida es una vivienda habitual, la escala impositiva se cambia del 95% al 100% dependiendo del valor del inmueble a un tipo único del 99% en todos los casos.

También se harán más accesibles las reducciones en la donación económica a los descendientes para la compra de su vivienda habitual. Ya no será requisito ser la primera residencia habitual del comprador para poder aplicar el beneficio. El límite al que se aplica pasa de 120.000,00 € a 150.000,00 € a nivel general y de 180.000,00 € a 250.000,00 € cuando la donación se realiza a una persona con discapacidad.

c) Impuesto sobre el Patrimonio.

La Junta de Andalucía seguirá la misma escala impositiva que el Estado, excepto en la última parte, donde mantendrá el tipo del 2,5% y no se aplicará el aumento al 3,5% realizado a nivel nacional.

Las personas con discapacidad podrán beneficiarse del resto de modificaciones introducidas en este impuesto. El importe de la exención aumenta, para las personas con discapacidad de entre el 33% y el 65%, de 700.000,00 € a 1.250.000,00 € anuales. Dicho límite de exención se eleva a 1.500.000,00 € en el caso de personas con un grado de discapacidad aún mayor.

d) Impuesto sobre la renta.